El padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo.
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio donde reside habitualmente. Quienes vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residen durante más tiempo del año.
El vecino tiene derecho a conocer la información que consta en el Padrón sobre su persona y a exigir su rectificación cuando sea errónea o incorrecta.
Los vecinos deben comunicar las variaciones en sus datos de inscripción, especialmente los cambios de domicilio dentro del término municipal.
Los menores de edad no emancipados y los mayores con discapacidad que excepcionalmente tengan nombrado representante legal tendrán la misma vecindad que los padres que tengan su guarda y custodia o, en su defecto, de sus representantes legales, salvo autorización por escrito de éstos para residir en otro domicilio o municipio.
Alta en Padrón de Habitantes por Cambio de Residencia
Padrón de Habitantes. Cambio de Domicilio
Alta en Padrón de Habitantes por Nacimiento
Modificación de Datos Personales en Padrón Municipal
Baja de Extranjeros en Padrón de Habitantes por Traslado a Otro País
Padrón de Habitantes. Baja por Fallecimiento
Padrón de Habitantes. Baja por Cambio de Residencia
Padrón de Habitantes. Baja por Inscripción Indebida
Padrón de Habitantes. Confirmación de Residencia
Padrón de Habitantes. Renovación de Inscripción
Certificado de Empadronamiento
Volante de Empadronamiento
Normativa
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
- Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del INE y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del padrón municipal.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.