Objeto/Descripción

Cambio de domicilio en padrón de habitantes cuando este se produce dentro del término municipal.

 

Cómo realizar el trámite

  • Presencialmente

– En el Servicio de Atención Ciudadana (Plaza de Cervantes, 12).

ES NECESARIO CITA PREVIA

 

Documentación a presentar:

  • Hoja padronal cumplimentada y firmada
  • Documentación acreditativa de la identidad

Españoles:  D.N.I. (obligatorio para mayores de 14 años).

Extranjeros:

  • Ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtesnstein, Noruega y Suiza: Certificado de registro de Ciudadano de la Unión, en el que consta el número de identidad de extranjero (NIE), junto con el documento acreditativo de la identidad o pasaporte expedido por las autoridades de su país.
  • Ciudadanos de estados distintos de los anteriores: Tarjeta de identidad de extranjero expedida por las autoridades españolas en la que conste el Número de Identidad de Extranjero (NIE) o en su defecto pasaporte expedido por las autoridades de su país.

 Menores de edad:

  • Hasta los 14 años: Libro de Familia o Certificado de nacimiento, en caso de que no dispongan de un documento de identificación.
  • Mayores de 14 años: los mismos documentos de identificación exigidos para los mayores de edad.

 

  • Documentación acreditativa de representación de menores e incapacitados

Menores no emancipados: Libro de Familia o certificado de nacimiento.

Empadronamiento con un solo progenitor:

Resolución judicial que se pronuncie sobre la guarda y custodia del menor y declaración responsable de estar en vigor y no existir otra posterior que modifique sus términos, según modelo: Declaración responsable con resolución judicial. 

Si la guarda y custodia es compartida, deberá aportarse además el mutuo acuerdo de ambos progenitores (si la resolución judicial por la que se fija la misma no se pronuncia sobre el lugar del empadronamiento. En caso de que no se pueda acreditar el mutuo acuerdo, deberá presentar una nueva resolución judicial que se pronuncie expresamente sobre el empadronamiento).

Si no existe resolución judicial será necesaria una autorización del otro progenitor. En su defecto, deberá aportarse declaración responsable justificando la imposibilidad de disponer de la firma del otro progenitor, según modelo: Declaración responsable sin resolución judicial

Incapacitados: Resolución judicial que acredite la representación legal.

  • Documentación acreditativa del domicilio:

Título de propiedad: escritura, contrato de compraventa, nota del registro actualizada, último recibo del IBI

Contrato vigente de arrendamiento de vivienda para uso de residencia habitual acompañado del último recibo de alquiler.

En caso de autorización de persona empadronada o no empadronada en la vivienda: título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda (propiedad, alquiler…) a nombre de la misma.

Cuando se cumplimenten o presenten autorizaciones se acompañarán fotocopias de los documentos de identidad de los autorizantes.

Empadronamientos en establecimientos colectivos ( residencias, conventos, etc.). Deberá acompañarse escrito de autorización por la persona que ostente la dirección del mismo.

 

Plazo para resolver:

En el Servicio de Atención Ciudadana (Plaza de Cervantes, 12); inmediato, salvo que la solicitud de inscripción carezca de algún dato o requisito que deba ser subsanado por el solicitante o comprobado por el Ayuntamiento

– Plazo legal: 3 meses

 

Carácter del silencio: Positivo

 

Unidad tramitadora: Servicio de Atención Ciudadana. Concejalía de Recursos Humanos y Régimen Interior

 

Normativa:

– Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

– Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y  Demarcación Territorial de las Entidades Locales

– Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del INE y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del padrón municipal

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

 

DESCARGA DE DOCUMENTOS

HOJA PADRONAL

DECLARACION RESPONSABLE CON RESOLUCION JUDICIAL

DECLARACION RESPONSABLE SIN RESOLUCION JUDICIAL 

 

El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso del domicilio, para comprobar la veracidad de los datos contenidos en el padrón.

La documentación de identificación debe estar en vigor. Toda la documentación que se acompañe deberá ser original.

Ver mapa

Dirección

Plaza  Cervantes, 12

28801 Alcalá de Henares (Madrid)

Telf:
91 888 33 00 + Extensión: 1140

Horario

Atención Presencial:

  • De Lunes a Viernes de 09:00 a 14:00 horas

Atención servicio 010  ó  91 880 28 11 (si llama desde dentro o fuera del municipio)

  • Lunes a Viernes: 8:00 a 14:00 horas

 También puede solicitar información en las Juntas Municipales de Distrito.

 

Translate »