- Los electores españoles residentes en la Comunidad de Madrid. (CER)
- Los electores españoles residentes-ausentes que viven en el extranjero, inscritos en municipios de Madrid (CERA). Estos deben formular la solicitud de voto a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral de Madrid.
El censo electoral es el cerrado a 30 de diciembre de 2020. Si ha realizado un cambio de residencia o domicilio posterior a esta fecha, le corresponderá votar en el colegio electoral de su domicilio anterior.